
... la Ley en España

La profesión de Detective Privado, se encuentra regulada en España por la Ley 23/1992, de 30 de Julio, de Seguridad Privada, y por el Reglamento que la desarrolla, Real Decreto 2354/1994 y por la Orden del Ministerio de Justicia e Interior de 7 de Julio de 1995.
En el artículo 19 de la citada Ley, se regulan las funciones del Detective Privado, y dice en el apartado 1:
Los Detectives Privados, a solicitud de persona física o jurídica, se encargarán:
Complementando lo anterior, el artículo 101.2 del Reglamento dice:
De todo ello se deduce que los Detectives Privados tienen un ámbito de actuación definido y lícito, siendo su actividad exclusiva y excluyente.
Exclusiva por que solo puede ser desempeñada por Detectives Privados habilitados por el Ministerio del Interior, y excluyente por que ninguna persona física o jurídica carente de habilitación puede desempeñar tal función.
En la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil la figura del Detective Privado es señalada de forma diferente a los diversos peritos o testigos y dice en el artículo 256 .
© 2007 Detectives Privados GLOBALUM Licencia Dirección General Policía nº 01381 | Aviso Legal